(Superservicios, Concepto 140, 03/27/2020 ) Frente a una consulta relacionada con la normativa que ha expedido el Gobierno Nacional, ministerios y demás autoridades en materia de servicios públicos domiciliarios para afrontar la emergencia sanitaria que he generado la propagación del coronavirus (covid-19), la Superintendencia de Servicios Públicos recordó que la misma ha estado enfocada a la reinstalación y/o reconexión del servicio de acueducto a los suscriptores residenciales que estén suspendidos y/o cortados y a la prohibición de suspender o cortar este servicio durante la vigencia de la emergencia sanitaria. La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico emitió la Resolución 911, del 17 de marzo, en la que se dispuso la reinstalación del servicio de acueducto a los suscriptores residenciales suspendidos y, así mismo, la reconexión a los suscriptores residenciales con el servicio cortado. Por su parte, y en el mismo sentido, el Ministerio de Vivienda expidió el Decreto 441 del 2020, cuya aplicación será hasta el 31 de diciembre del 2020.

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