Adoptan medidas que facilitan que adultos mayores reclamen su mesada

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(Mintrabajo, Decreto 582, 04/16/2020 ) El Gobierno tomó algunas medidas en el sistema de protección a la vejez, en particular frente al pago de mesadas pensionales y de las anualidades vitalicias para los adultos mayores más vulnerables en razón a que la normativa actual es insuficiente para poder generar los mecanismos adecuados para responder a la precitada coyuntura derivada del coronavirus. Así, el Ministerio del Trabajo expidió el Decreto 582 del 2020, dirigido a beneficiar a los pensionados y los beneficiarios del servicio social complementario de beneficios económicos periódicos - BEP y los beneficiarios del Programa de Subsidio al Aporte a Pensión. La norma dispone que los afiliados al Programa de Subsidio al Aporte en Pensión no perderán su condición de beneficiarios por la causal establecida en el numeral 4° del artículo 2.2.14.1.24. del Decreto 1833 del 2016, en caso de que no se efectúe el pago oportuno del aporte que les corresponde. En todo caso, los beneficiarios de dicho programa...
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Así surge el derecho pensional por invalidez, según la Sala Laboral

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El derecho pensional por invalidez, enfatizó la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, surge con la calificación de la pérdida de capacidad laboral, a partir de la fecha de estructuración que ella determine y, por lo tanto, la normativa aplicable para el reconocimiento de la prestación, por regla general, es la vigente a ese momento, pues no siempre la fecha de materialización del estado de invalidez coincide con aquella en que ocurre el accidente. Y es que puede ocurrir que los efectos o las secuelas de este se evidencien mucho tiempo después. Encuentre la aplicación de esta tesis en la resolución del caso concreto estudiando por la corporación (M.P. Ernesto Forero). ...
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