
Obligadas a adoptar PTEE deben hacerlo independientemente de que participen en un consorcio o unión temporal
De acuerdo con lo previsto en la Circular Externa 100-000011 del 2021, por la cual se imparten instrucciones para poner en marcha programas de transparencia y ética empresarial (PTEE), están obligadas a adoptarlos las empresas que a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, directa o indirectamente, hayan celebrado contratos con entidades estatales con una cuantía igual o superior (individual o en conjunto) a 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Por lo tanto, precisó la Superintendencia de Sociedades, independientemente de que un contrato estatal se haya celebrado por un consorcio, unión temporal o cualquier otra figura permitida por la ley, están obligadas a adoptar el PTEE las empresas de manera individual, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos.
Dichos PTEE deberán elaborarse y desarrollarse de acuerdo con las condiciones específicas de cada ente obligado. En todo caso, un buen PTEE deberá permitirle prevenir, detectar y corregir situaciones que tengan la potencialidad de convertirse en una práctica de corrupción, señaló la entidad.
Así mismo, se sugiere...