
Ante error evidente en el precio no se puede ordenar mantener las condiciones anunciadas
En aquellos casos en que el error en el precio de un producto sea notorio, evidente y de una magnitud tal que a los ojos de un consumidor medio exista un yerro en la información y publicidad entregada por el empresario, no es dable ordenar a este último que mantenga el precio anunciado, sin perjuicio de que se impartan órdenes para hacer efectivos los derechos del consumidor, particularmente en lo que respecta a la información necesaria para tomar una decisión de consumo libre e informada.
Con este argumento, la Superintendencia de Industria y Comercio resolvió una controversia en la que un consumidor compró a través de la página web de un almacén de cadena una lavadora de 19 kilos por $ 38.374, dos neveras No Frost de 400 litros por $ 140.860 y dos neveras No Frost de 520 litros por $ 189.361, entre otros productos, pero posteriormente al realizar el pago la compra fue cancelada por error en los precios...