Todo sobre los tres días sin IVA y su exclusión para arrendar locales comerciales

Todo sobre los tres días sin IVA y su exclusión para arrendar locales comerciales

(Minhacienda, Decreto 682, 05/21/2020 ) El Gobierno acaba de expedir el Decreto 682, que reglamenta los tres días sin IVA (19 de junio, 3 julio y 19 de julio), el no pago de IVA para locales comerciales cerrados y la suspensión del cobro del impuesto al consumo hasta diciembre. Además de reiterar las fechas, el decreto aclara las categorías a las que se podrá acceder con este beneficio y el monto máximo: complementos de vestuario; vestuario; electrodomésticos; computadores y equipos de comunicaciones; elementos deportivos, juguetes y juegos; útiles escolares; bienes e insumos para el sector agropecuario. Igualmente, indica los requisitos para la procedencia de la exención. Por otra parte, la norma determina que, desde su vigencia y hasta el 31 de julio del 2020, se encuentran excluidos de IVA los cánones de arrendamiento mensual causado y facturado con posterioridad a la vigencia del decreto y los pagos mensuales por concepto de concesión de espacios, siempre y cuando se cumpla con la totalidad de...
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